El pasado 29 de abril de 2020, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dio a conocer novedades en torno a la regulación tributaria que tendrían ciertos gastos en que incurran las empresas en el marco de la emergencia sanitaria del Covid-19.
De acuerdo a Garrigues, buffet de abogados experto en temas tributarios, lo indicado por la Circular N°32 publicada por el SII tiene por objetivo que la mayoría de los gastos desarrollados por las empresas en el contexto del coronavirus, destinados a la adopción de medidas para la protección de la salud de sus trabajadores y terceros como consecuencia de la contingencia sanitaria que atraviesa el país y,que resguarden los intereses del negocio puedan ser descontados de impuesto.
Algunos de los gastos que serán permitidos son:
Dentro de los cambios que se han generado respecto a los gastos, también se destacan algunos cambios de sus condiciones de aceptación.
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